La revista jurídica Brújula Legal publica el artículo de nuestra socia, Silvia Campaña Piquer, en el que explica en qué consisten las conocidas tarjetas de crédito llamadas revolving y por qué los Juzgados declaran la nulidad de dichas tarjetas.
Nuestra socia expone, en su artículo: «Lo que no te explicó el comercial de turno es que esos tres mil euros tienen un interés del veinticinco o veintiséis por ciento en la mayoría de los casos, o incluso con un TAE superior. Eso supone que, de los cien euros que pagamos cada mes, una gran parte irá destinada al pago de intereses y muy poco a amortizar la deuda. Si, además, seguimos usando la tarjeta, nunca vamos a terminar de pagar. Todo lo contrario, la deuda sigue en aumento convirtiéndonos en “deudores cautivos”, tal y como el Tribunal Supremo reconoce en su ya famosa Sentencia de 4 de Marzo de 2020.»
Para más información, os facilitamos el enlace del artículo:
¿Qué son las tarjetas revolving y por qué se habla tanto de ellas?