Nuestra Socia Rosa Juárez ha conseguido que uno de nuestros clientes pueda cancelar la ejecución y los embargos que sufría por el impago de un préstamo. Lo logró al quedar anulada la cláusula abusiva que le obligaba a devolver el importe restante de pago a la entidad financiera.
Nuestra Socia formuló la oposición a la ejecución y argumentó que el contrato de préstamo contenía cláusulas abusivas que no habían sido examinadas a pesar de tener la condición de consumidor. El Tribunal estableció que, aunque la parte ejecutada no formuló oposición alegando estas cláusulas abusivas antes de la ejecución, «no excluye que pueda plantearlo posteriormente, si como ocurre en este caso no ha existido un control específico del carácter abusivo de las cláusulas cuya nulidad se plantea ahora».
La cláusula en cuestión es de vencimiento anticipado, por la que, si nuestro cliente dejaba de pagar un solo plazo del préstamo, la entidad financiera podía declarar el vencimiento del mismo y exigir el reintegro inmediato de la deuda pendiente.
El Tribunal declaró que esta cláusula era abusiva y por lo tanto nula «al generar un desequilibrio en perjuicio del consumidor dado que, sin la más mínima proporcionalidad, prevé que el incumplimiento de una sola cuota, incluso parte de ella, o los intereses moratorios, faculte para dar por vencido el préstamo».
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