Nuevo éxito de Tech Abogados. Nuestra socia, Elisa Rodríguez Calistro, logró que su cliente no tenga que pagar las facturas reclamadas por la mercantil Iberdrola por un importe superior a los 4.000 €. La desestimación de la demanda se fundamentó en que nuestra socia logró probar la existencia del error cometido por la empresa demandante, que se había equivocado a la hora de señalar la CUPS en el contrato de suministros de la cliente. Una CUPS que correspondía al suministro de un local de Correos. El Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 41 de Barcelona concluyó incluso que «en el curso de la litis la actora ha llegado a presentar un escrito a 4-3-2020 adjuntando unas facturas sustitutivas de las reclamadas en demanda que minoran la deuda reclamada, lo que prueba implícitamente la constatación por el actor en el curso de la Litis, del error incurrido en términos como los expuestos en contestación y analizados en esta resolución (por más que no cambie en las fras sustitutivas los conceptos del tipo de contrato ni nº de contador ya reseñados).
Obvio resulta que tal rectificación obedece a que las facturas reclamadas en demanda no se correspondían a consumos de la demandada en el local de la demandada y registrados por el contador del local de la demandada, sino de otro diferente. Incluso, la última factura de compensación por baja anticipada y penalización por rescisión unilateral del contrato pasa a cero(0) euros, evidenciándose como decía la demandada que no había hecho baja anticipada alguna.»
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