#ExitosTech: condenan a Bondora a pagar 10.000 € por intromisión ilegítima al derecho al honor

El pasado 3 de diciembre de 2024 el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de San Vicente del Raspeig dictó Sentencia por la que estima la demanda presentada por nuestra socia, Montserrat Domeque Serrano, por el que condena a Bondora, por vulnerar el derecho al honor de nuestra cliente por inscribir indebidamente en el fichero de solvencia patrimonial, Asnef, al pago de una indemnización de 10.000 € y al pago de las costas procesales.

Según la juez, «la entidad demandada no acredita la certeza, liquidez y exigibilidad de la deuda, puesto que pese a que aporta el contrato origen de la deuda, no se encuentra firmado de manera personal por la demandante. En efecto, el contrato se formalizó vía electrónica, sin que el demandado haya acreditado fehacientemente que la demandante fuera quien suscribiera el microcrédito. No consta que la demandada realizara actuaciones tendentes a comprobar la identidad de la adherente, ni específicamente destinadas a contrastar que la contratante fuera la hoy demandante. Cabe señalar que consta denuncia de la actora por la usurpación de identidad, tal y como evidencia el documento 2 de la
demanda. Por tanto, analizada la prueba practicada, en modo alguno puede reputarse que el contrato fuera formalizado por la demandante, ni que la deuda devengada fuera líquida, vencida, ni exigible
«.

Pero no solo no quedó acreditada que la deuda no era líquida, vencida ni exigible, sino que «no consta que la entidad demandada haya efectuado a la demandante un requerimiento de pago previo a la cesión de sus datos a terceros. A la contestación a la demanda no se acompaña dicha comunicación

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