#ExitosTech: condenan a Quartz Capital por intromisión al derecho al honor

El 24 de junio de 2024 el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Valdemoro (Madrid) dicta Sentencia por la que estima íntegramente la demanda presentada por nuestro socio, José Enrique Carrero-Blanco, por el que condena al Quartz Capital Fund, por vulnerar el derecho al honor de nuestro cliente por inscribir indebidamente en el fichero de solvencia patrimonial, Asnef, al pago de una indemnización de 6.000 € y al pago de las costas procesales.

Según la Juez, consta acreditado que la línea sobre la que se hizo la contratación de la portabilidad estaba a nombre de un tercero, con lo que se genera dudas sobre la intervención de nuestro cliente en el proceso, correspondiendo a la empresa «el riesgo de una posible suplantación» y no el cliente suplantado que no tiene conocimiento ni culpa de nada. En el mismo sentido se pronunció la Audiencia de Badajoz al entender que si las compañías telefónicas se benefician de un sistema moderno y ágil de contratación a distancia, igualmente deben cerciorarse de la real identidad de las personas con las que contrata, asumiendo el riesgo de una posible suplantación.

Tampoco consta acreditado que el requerimiento fuera enviado a nuestro cliente, ya que fue enviado a una dirección que no era la de él, ni consta menos aún su recepción.

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