Los gastos de escrituración de hipotecas canceladas también son reclamables y con intereses desde su pago.

Es lo más común que las personas que ya han terminado de pagar su hipoteca o la han cambiado de banco habiéndola cancelado, se olviden de todo e ignoren la información que se divulga por todos los medios sobre la reclamación de los gastos de escrituración porque piensan que no tienen derecho a nada.

Y precisamente, nada más lejos de la realidad, puesto que se pueden reclamar no sólo los gastos de escrituración de la hipoteca, sino también los gastos de cancelación que has pagado porque según la jurisprudencia de multitud de Audiencias Provinciales e incluso del mismo Tribunal Supremo, “la acción de nulidad no prescribe ni caduca”. Concretamente la SAP de Oviedo 281/2018 de 13 de julio de 2018, entre otras.

Además, hasta hace bien poco tiempo, las sentencias reconocían el derecho a la devolución de estos gastos únicamente desde la fecha de la reclamación. Si bien esta situación ha dado un sustancial giro en virtud de la STS 725/2018, de 19 de diciembre que establece que tales gastos de notaría, gestoría y Registro de la Propiedad, han de devolverse con los intereses legales desde la fecha en que tales pagos se han realizado.

Desde cada uno de los despachos que conforman nuestra Firma Legal, nos mantenemos informados y actualizados para dar el mejor servicio de calidad posible.

Y tú, ¿quieres recuperar lo que has pagado por firmar y cancelar tu hipoteca?

Ursula García Corzo, Abogada y socia fundadora de Tus Derechos Abogados,

con despacho en Oviedo.

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