Reparación de un coche en garantía: ¿qué ocurre si el concesionario tarda dos años? La Audiencia Provincial de Oviedo lo aclara

La garantía de un vehículo no consiste únicamente en reparar la avería, sino en hacerlo dentro de un plazo razonable. Así lo ha recordado la Audiencia Provincial de Oviedo en una reciente sentencia que confirma la condena a un concesionario por retrasar durante casi dos años la reparación de un vehículo cubierto por garantía.

La resolución constituye un importante precedente para consumidores que sufren largas esperas en la reparación de su vehículo y para empresas del sector de la automoción, al dejar claro que los problemas internos entre fabricante y concesionario no pueden perjudicar al comprador.

Los hechos: un coche de segunda mano que permanece dos años en el taller

El caso comienza con la compra de un vehículo de segunda mano en junio de 2020, acompañado de una garantía de 24 meses.

Dentro del periodo de garantía, el automóvil sufrió un incendio espontáneo mientras permanecía detenido. El comprador entregó inmediatamente el vehículo al concesionario vendedor para su reparación.

Sin embargo, la reparación no finalizó hasta aproximadamente dos años después.

Durante ese tiempo, el propietario continuó soportando las consecuencias económicas derivadas de la falta de vehículo, teniendo incluso que adquirir otro automóvil para poder desplazarse.

¿Puede un concesionario retrasar indefinidamente una reparación en garantía?

La respuesta de la Audiencia Provincial es clara: no.

El concesionario alegó que únicamente actuaba como taller reparador y que el retraso obedecía exclusivamente a la demora del fabricante en suministrar determinadas piezas.

Sin embargo, la Sala rechaza este argumento y considera acreditado que el vendedor asumió directamente la garantía frente al consumidor.

Por tanto, era su obligación gestionar la reparación de forma diligente y ejecutarla dentro de un plazo razonable.

Los problemas con el fabricante no eximen de responsabilidad

Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia es que la Audiencia recuerda que las incidencias organizativas entre fabricante, concesionario y proveedores forman parte del riesgo empresarial.

En consecuencia:

  • El consumidor no debe soportar los retrasos derivados de la falta de recambios.
  • El concesionario debe disponer de los medios necesarios para cumplir la garantía que ofrece.
  • Si la reparación se prolonga injustificadamente, puede surgir la obligación de indemnizar los daños ocasionados.

La resolución incluso destaca que un concesionario oficial no puede justificar una demora de casi dos años únicamente por dificultades en el suministro de piezas, especialmente cuando no acredita de forma suficiente esas circunstancias.

¿Qué indemnización recibió el consumidor?

La Audiencia Provincial confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia y mantuvo la condena al concesionario al pago de 8.034,18 euros.

La indemnización comprende:

  • Una reducción del precio del vehículo por el incumplimiento de la obligación de reparar dentro de un plazo razonable.
  • Los gastos extraordinarios derivados de la compra y mantenimiento de un vehículo de sustitución durante el tiempo que el coche permaneció inmovilizado.

Por el contrario, el tribunal descartó indemnizar otros conceptos como los seguros, impuestos del vehículo o los daños morales, al entender que no concurrían los requisitos legales para su reconocimiento.

¿Qué derechos tiene un consumidor cuando la reparación en garantía se retrasa?

La normativa de protección de consumidores reconoce que la reparación debe realizarse sin coste y en un plazo razonable, evitando mayores inconvenientes para el comprador.

Cuando el vendedor incumple esta obligación, el consumidor puede llegar a solicitar, según las circunstancias del caso:

  • La reparación del vehículo.
  • La sustitución cuando sea posible.
  • Una reducción del precio.
  • La resolución del contrato en determinados supuestos.
  • La indemnización de los daños y perjuicios efectivamente acreditados.

Cada supuesto requiere un análisis individual, pero esta sentencia confirma que un retraso extraordinariamente prolongado puede generar responsabilidad indemnizatoria.

Conclusión

La sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo envía un mensaje claro al sector de la automoción: ofrecer una garantía implica asumir también la obligación de prestar un servicio posventa eficaz y dentro de un tiempo razonable.

Las dificultades logísticas con fabricantes o proveedores no pueden trasladarse al consumidor cuando éste ha confiado en el vendedor y ha adquirido un vehículo con garantía.

En Tech Abogados asesoramos a consumidores y empresas en conflictos relacionados con compraventas de vehículos, garantías legales y comerciales, responsabilidad contractual e indemnización por incumplimientos derivados de la normativa de protección de consumidores.

La dirección letrada la llevó nuestro socio José Enrique Carrero-Blanco.

Consúltanos

    Más noticias

    Envía el formulario y te llamaremos lo antes posible