Otro gran resultado obtenido por uno de nuestros socios. En este caso, el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Gijón, estimó la demanda planteada por nuestro compañero, Manuel Rodríguez Ríos, con despacho en Oviedo, por el que reconoce la existencia de una intromisión ilegítima en el honor de su cliente y condenando a abonar 7.000 € en concepto de indemnización por tal inclusión.