El Juzgado de Instrucción nº 1 de Oviedo ha decretado el archivo de la causa contra el cliente de nuestro socio, José Enrique Carrero-Blanco, por entender que no hay indicios suficientes que acrediten que el denunciado fuera el autor de los hechos objeto del procedimiento. Solo queda acreditado que realizó públicamente una serie de manifestaciones críticas hacia la persona del denunciante en su red social pero que no constituye, de ningún modo, un ilícito penal. Pero, de ningún modo, existe mínimo indicio de que fuera nuestro cliente el que enviara a la clínica en donde trabaja el denunciante las fotos íntimas que éste último subió a su propio perfil de Grindr.
Asimismo, considera que las diligencias de investigación interesadas por la acusación particular «permitan identificar a la persona que ha remitido el sobre«. Todo ello sin perjuicio de que la Policía Nacional encuentre al verdadero autor de los hechos.
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