Nuevo éxito profesional de nuestros abogados. En este caso, nuestra socia malagueña, Inmaculada López Clavijo, consiguió la absolución de sus clientes por un delito de apropiación indebida del que venían siendo acusados por el Ministerio Fiscal. El Juzgado de lo Penal nº 3 de Málaga dictó sentencia el pasado 26 de septiembre por el que solamente condenaban a los acusados, defendidos por nuestra socia, por un delito leve de daños, al reconocer en el plenario que si habían roto «el eje de la puerta de acceso al domicilio«
Con respecto a la acusación del delito de apropiación indebida «Se mantiene que los acusados se habrían apropiado de una alfombra persa, tres mesas, dos sillas, un televisor y unas cortinas. No se niega por los acusados que recibieran la vivienda con los efectos que se mantiene se han apropiado. Ahora bien, la testifical de la Sra. ______ no puede considerarse suficiente para acreditar que los acusados con intención de incorporarlos a su patrimonio, se hicieran con los bienes antes referidos. Así, la propia denunciante utiliza en diversas ocasiones el término “creo” cuando se refiere a la televisión o a los muebles que pudieran estar apolillados. No podemos descartar en consecuencia que efectivamente la televisión estuviera estropeada (no tiene mucho sentido tampoco sustraer una televisión de tubo antigua cuyo valor ha de ser insignificante) y difícilmente se puede hablar de intención de incorporar a su patrimonio unas sillas o mesas que la propia denunciante no descarta que tuvieran polillas pues ella si recuerda esa conversación (…)»
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