#ExitosTech: declaran nula una tarjeta revolving por falta de transparencia

El 17 de enero de 2025 el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Llanes dicta Sentencia por la que estima íntegramente la demanda presentada por nuestro socio, José Enrique Carrero-Blanco, por el que declara nula la tarjeta revolving de Wizink Bank y a abonar las costas procesales, al que previamente se le condenó a entregar la documentación que solicitó nuestro cliente, que ya comentamos con anterioridad (enlace a la publicación).

Wizink Bank, después de negarse a entregar la documentación a la que nuestro cliente tenía derecho, ha recibido otra mala noticia al ser declarada nula la tarjeta de crédito revolving por falta de transparencia. En efecto, después de valorar la juzgadora que no había usura si entendió que había falta de transparencia, empezando porque el contrato de tarjeta ni siquiera fue rellenado y firmado por el consumidor. Así, razona la juzgadora, «precisamente destacan dudas de que se hubiera cumplido de forma optima el deber de información por cuanto el actor
manifestó en su demanda que fue su voluntad de contratar la tarjeta, pero no se prueba que aceptó las condiciones que contrató en tanto en
cuanto no rellenó ni firmó el contrato que la demandada alude tal y como se deduce de la prueba aportada en el informe del perito
calígrafo D. Juan Antonio Narbona
(José Antonio Narbona), obrante en autos, teniendo en cuenta que constan servicios que le fueron añadiendo con posterioridad en la Entidad, después del momento inicial de la contratación como la prima plan hospitalización o Legalitas del que no consta ni consentimiento ni información correcta. Servicios y condiciones que fueron modificaciones todas ellas efectuadas de
manera unilateral por la Entidad y nada se sabe del deber de información que debe probar la demandada

Pero es más la Juez cuestiona el producto afirmando que «los intereses se liquidan generando a su vez intereses al mes siguiente mediante la aplicación de una fórmula que no se explica de forma comprensible. Del cuadro que presenta la demanda extraído de la documental obrante se puede observar, que el actor pese haber abonado recibos por importe que ascienden a 19954,38 €, solo ha gastado en 17 años 10839,51 €, pero en cambio ha generado 7332,02 € en intereses y 4569,42 € en la llamada prima de protección de pagos, que además ni se explica ni se
justifica, y el total de los intereses supone mas de del 50% dispuesto, ya sea en compras como en efectivo

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