Régimen de visitas y guarda y custodia en tiempos del COVID-19

Nuestra Socia Aida Pérez Aguilar detalla en un artículo publicado en el medio especializado Law & Trends la situación actual del régimen de visitas y la guardia y custodia de los menores tras el confinamiento. Durante la cuarentena a causa del COVID-19, los menores han pasado más días de los establecidos con uno de sus progenitores. ¿Puede el otro progenitor reclamar estos períodos no disfrutados?

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Según explica Pérez Aguilar, por regla general «se establecen unas visitas a favor del progenitor no custodio de fines de semana alternos, dos días entre semana (la semana que no le corresponde el fin de semana) y mitad de vacaciones de Navidad, Semana Santa y verano, sin perjuicio de que éstas puedan ser ampliadas a través de pactos entre las partes, ya sean verbales o plasmados por escrito», pero el COVID-19 ha modificado todo este trasfondo, ya que en muchos casos los menores no han podido salir de casa.

«En tal sentido, existe un procedimiento especial y sumario de compensación de las visitas y vacaciones no disfrutadas como consecuencia del COVID-19, aprobado por el Real Decreto Ley 16/2020, en su artículo 3, apartado a», afirma nuestra Socia.

El Real Decreto al que hace referencia Pérez Aguilar no establece los criterios a seguir, sino que han sido los Jueces de Familia o los de Primera Instancia y los de Violencia sobre la Mujer los que han trabajado en unos criterios unificadores a nivel provincial. En el artículo, nuestra Socia analiza el Acta de la Junta sectorial de Jueces de los Juzgados de Familia de Madrid; el Acuerdo de Unificación de Criterios de los Juzgados de Familia de Barcelona, y el establecido por la Junta de Jueces de Alicante.

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